Asegurando la capacitación y actualización para docentes, trabajadores sociales, psicólogos y demás operadores comunitarios, con investigación sobre la temática y la evaluación y monitoreo de los resultados y progresos realizados, respecto de sus cuatro pilares:
1. Educación Emocional de Niñas y Niños.
2. Escuela para Padres de Educación Emocional.
3. Educación Emocional para el Manejo de las Emociones en los Educadores.
4. Educación Emocional en las Relaciones Interpersonales e Institucionales.
Además, en el proyecto presentado se establece como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Educación de la Provincia, que deberá coordinar su actuación con el Ministerio de Salud y, la ejecución de la misma debe salvaguardar en toda instancia la satisfacción del interés superior de las niñas y niños en el pleno goce de sus derechos y garantías, con eje recto para la interpretación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN), Ley Nacional N° 23.849.
Así, la autoridad de aplicación deberá determinar expresamente para cada situación jurisdiccional las vías concretas de introducción y promoción de la Educación Emocional en todos los establecimientos del sistema Educativo, en espacios institucionales de la Salud Pública y de Desarrollo Humano y Promoción Social. Además, la Autoridad de Aplicación de la Educación Emocional debe constituir una COMISIÓN TÉCNICA MULTIDISCIPLINARIA DE EDUCACIÓN EMOCIONAL que deberá conformarse por profesionales de diferentes disciplinas que tengan conocimientos, experiencia y/o autoría sobre dicha temática.